Ingreso a Machu Picchu será con guía oficial y en grupos reducidos desde julio



El ingreso a Machu Picchu será muy diferente desde el 01 de julio del presente año. A la implementación de dos turnos u horarios de visita (de 06:00 a 12:00 horas y de 12:00 a 17:30 horas), se suman otras medidas dispuestas en el “Reglamento de Uso Sostenible y Visita Turística para la Conservación de la Llaqta de Machu Picchu”, aprobado por el Ministerio de Cultura.
Entre ellas se establece que, para ingresar al sitio arqueológico, los visitantes deberán estar acompañados por un guía de turismo, a fin de coadyuvar a la conservación del patrimonio cultural. También se señala que los grupos por guía se reducirán a 16 personas y se prohibirá el reingreso al monumento.
Al respecto, Luis Enrique Sánchez, presidente de la Federación Nacional de Guías Oficiales de Turismo del Perú (Fenaguiturp), consideró positivas dichas medidas pues permiten ordenar y controlar las visitas en Machu Picchu. “Es necesaria la participación de los guías para que canalicen y agilicen el recorrido”, manifestó a Portal de Turismo.
Sostuvo que es necesario determinar cuánto realmente debe durar la visita en la ciudadela inca, lo cual ayudará a descongestionar los espacios, evitar el desorden y proteger el patrimonio. “También es importante para que las agencias tengan una mayor fluidez de pasajeros y que todo se vea ordenado”, comentó.
Asimismo, reconoció que existe la necesidad de unificar el guión de contenidos e información que brindan los guías de turismo a los pasajeros que recorren el país. “En las reuniones de Canatur nos han dicho que en Cusco, en Lima o en Trujillo se dicen cosas diferentes”, afirmó.
“Esa es una tarea pendiente de nuestro gremio y esperamos concretarlo en esta gestión, a fin de establecer un mínimo de guión a nivel nacional. Para ello, tendríamos que enviar toda la información y luego pedir la ayuda de los arqueólogos e historiadores y así poder establecer el guión mínimo en todo el país, priorizando los atractivos claves en cada una de las regiones”, indicó Sánchez Roca.
Agregó que, para ello, están en conversaciones con la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) y la Universidad Ricardo Palma, a fin de lograr un apoyo en la parte tecnológica y profesional.

MACHU PICCHU: ROL DE LOS GUÍAS Y PROHIBICIONES

Las nuevas disposiciones establecidas en el reglamento para las visitas a Machu Picchu, detallan el rol de los guías oficiales de turismo en esta nueva etapa, así como sus responsabilidades y competencias. También señalan las obligaciones y limitaciones que tienen los turistas, así como las sanciones para ambos, en caso de incumplir el reglamento.
TIEMPO DE PERMANENCIA (ART. 16):
A partir del 01 de julio del 2017 durante 2 años, el periodo de permanencia en la Llaqta de Machu Picchu se rige en base a dos turnos en los siguientes horarios: de 06:00 a 12:00 horas y de 12:00 a 17:30 horas.
En el primer turno podrá ingresar un número de turistas fluctuante entre el 45% y el 55% de acuerdo a la capacidad de afluencia. Para el segundo turno podrá ingresar el mismo número fluctuante de visitantes.
El visitante debe cumplir su visita y recorrido dentro de cualquiera de los dos turnos establecidos, no estando permitido el reingreso a la Llaqta de Machu Picchu, salvo por razones de fuerza mayor o caso fortuito.
El incumplimiento de turnos de los horarios establecidos genera el retiro inmediato de los visitantes y guías de turismo con el apoyo de las autoridades competentes.

INGRESO A LA LLAQTA DE MACHU PICCHU (ART. 17):
Para ingresar a la Llaqta de Machu Picchu, los visitantes deberán portar su boleto de ingreso, su documento oficial de identidad y deberán estar acompañados por un guía de turismo para contribuir al resguardo de su integridad física, sobre todo en los sitios de riesgo, así como para coadyuvar a la conservación del patrimonio cultural y al ordenamiento de la visita turística. El personal del Parque Arqueológico Nacional de Machu Picchu (PANM) puede requerir el boleto y/o el documento de identidad al interior de la Llaqta.
Los documentos válidos para los visitantes extranjeros son su pasaporte, carnet de extranjería, cédula diplomática o DNI para los ciudadanos de la Comunidad Andina (CAN) o Mercosur. El documento válido para los visitantes peruanos es su DNI válido y original. En caso de ser estudiantes, los visitantes deberán presentar su carnet vigente emitido por la Universidad o por el Ministerio de Educación.
Los ciudadanos cusqueños y residentes en Cusco que se acojan a programas de turismo social, podrán ingresar gratuitamente en mérito al convenio suscrito anualmente entre la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco (DDC Cusco) y la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Cusco (Dircetur Cusco), previa reserva en la página web de la DDC Cusco y de acuerdo a la capacidad de carga para cada día del año. Al ingresar deberán identificarse con su DNI y su boleto respectivo, en el control de ingreso.
El reglamento también especifica los beneficios del que gozan los estudiantes, docentes, profesores y adultos mayores para el ingreso gratuito el primer domingo de cada mes. En tanto, las delegaciones de estudiantes peruanos de nivel primario y/o secundarios solo podrán ingresar un día distinto al primer domingo de cada mes, previa acreditación en la UGEL y posterior reserva en la página web de la DDC Cusco.

SERVICIO DE GUIADO TURÍSTICO (ART. 18):
El documento precisa que para poder brindar el servicio de guiado turístico en la Llaqta de Machu Picchu, los guías de turismo (guías oficiales o licenciados en turismo) deberán cumplir con los requisitos para el ejercicio profesional establecidos en la Ley N° 28529, Ley del Guía de Turismo y su reglamento. También deberán portar su carné vigente en un lugar visible antes y durante su recorrido por la ciudadela inca.
Los guías deberá organizar a sus grupos antes del control de ingreso a la Llaqta, desplazándose ordenadamente dentro y a su salida. Los grupos tendrán un máximo de 16 visitantes y deberán estar acompañados por el guía durante todo el recorrido.
Está prohibido el traspaso de visitantes de un grupo a otro dentro de la Llaqta. En caso de abandono del grupo, serán sancionados en coordinación con el ente competente de acuerdo a las normas aplicables.
Los guías tienen la obligación de registrarse en el control de ingreso, precisando el circuito que van a seguir, el número de visitantes (varones, mujeres, niños, tour conductor y/o traductores), no pudiendo incrementarse el número de visitantes del grupo al interior de la Llaqta. Los guías deberán acompañar al grupo durante todo el recorrido y deberán también registrarse a la salida dentro de los horarios establecidos.
Asimismo, los guías deben acatar y velar por la aplicación de las normas del presente reglamento, conduciéndose por los circuitos establecidos, manteniendo un comportamiento alturado tanto al interior de la Llaqta como en sus espacios adyacentes, respetando la autoridad y acatando las indicaciones del personal del PANM.
Los guías de la Red de Caminos Inca que arriban a la Llaqta por el sector Intipunku, deberán registrar a sus grupos en el control de ingreso.

PROHIBICIONES DURANTE LA VISITA (ART. 19):
Los visitantes y guías tienen prohibido portar mochilas o bolsas de más de 40x35x20 cm. (las que exceden de dicho tamaño/capacidad deberán depositarse en el guardarropa). Tampoco podrán ingresar con alimentos y menaje; con cualquier sustancia ilegal o bajo sus efectos; con cualquier tipo de bebida alcohólica o en estado etílico, según lo dispone el nuevo reglamento de visitas a Machu Picchu.
Además, están impedidos de ingresar con cualquier tipo de aerosoles; tacones o zapatos de planta dura; objetos punzocortantes y/o armas; banderolas, posters y/o carteles; entre otros objetos.
Asimismo, se prohíbe causar tumulto o desorden durante la visita; subirse o apoyarse en los muros y/o estructuras; tocar, mover o extraer elementos líticos; realizar cualquier tipo de grafiti; perturbar o extraer flora o fauna nativa y/o elementos culturales; realizar actividades que distorsionen el carácter sagrado de la Llaqta de Machu Picchu; desnudarse, recostarse o correr; realizar fuego y/o arrojar residuos de cualquier tipo; entre otros.

INCUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES (ART. 20):
El incumplimiento de las disposiciones del presente reglamento determinará la expulsión del visitante de la Llaqta, sin derecho a devolución del importe del boleto de ingreso. La DDC Cusco bajo criterios objetivos y considerando la gravedad de la infracción iniciará las acciones legales correspondientes.
En el supuesto de que los guías de turismo trasgredan lo dispuesto, determinará que la Dircetur Cusco evalúe el inicio de un procedimiento sancionador, según la infracción cometida, para lo cual se regirá por lo establecido en la Ley N° 28868 que faculta al Mincetur a tipificar sanciones por vía reglamentaria.
El personal del PANM de la DDC Cusco tiene como función el velar por el cumplimiento del presente reglamento. De ser necesario podrá solicitar el apoyo de la fuerza pública para expulsar al visitante que atente contra la conservación de la Llaqta; bajo tal supuesto, podrá formular la denuncia respectiva ante la PNP y/o el Ministerio Público, resalta la norma.

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