INEI: atractivos y servicios turísticos funcionarán con normalidad el día del censo




Todos los servicios prestados a los turistas nacionales e internacionales, como traslados, tours, alojamiento, alimentación, transporte aéreo, terrestre interprovincial, ferroviario y cruceros, así como las visitas a los lugares turísticos, operarán normalmente el próximo domingo 22 de octubre, día del Censo Nacional 2017.
Así lo confirmaron representantes del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) durante la charla informativa para el sector turismo, realizada el viernes último en la sede del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), con la presencia del viceministro de Turismo, Rogers Valencia, y la directora de Turismo de PromPerú, Marisol Acosta.
En dicha reunión, los funcionarios del INEI escucharon y tomaron nota de los requerimientos y sugerencias hechas por los empresarios turísticos presentes y directivos de los gremios del sector privado, como la Cámara Nacional de Turismo (Canatur), la Asociación Peruana de Operadores de Turismo Receptivo e Interno (Apotur), la Asociación Peruana de Agencias de Viajes y Turismo (Apavit), entre otros.
En ese sentido, se anunció que en los próximos días el INEI publicará una norma legal en donde se precise las facilidades y autorizaciones que tendrá el sector turismo para su normal funcionamiento, a fin de no afectar las actividades de los visitantes programdas durante el desarrollo del censo.
De esta manera, el INEI aclarará y rectificará algunos puntos establecidos en la orden de inamovilidad dispuesta a nivel nacional, atendiendo así las necesidades del sector empresarial y raritificando el compromiso del gobierno de no interrumpir el normal desarrollo del turismo.

*Entre los compromisos asumidos por el INEI, que serán validados oficialmente en los próximos días, figuran:

- Los aeropuertos y terminales terrestres en el país funcionarán con normalidad el día del censo (domingo 22 de octubre), se brindarán todas las facilidades a las empresas, así como a las personas que viajen al extranjero o dentro del territorio nacional
- Todos los viajeros nacionales y extranjeros que ingresen al país por los aeropuertos, desde las 00 horas del dia del censo, no serán censados pero tendrán todas las facilidades para movilizarse dentro de los terminales aéreos y tendrán a su disposición los medios de transporte para ser trasladados con normalidad a sus alojamientos, hoteles o domicilios.
- El transporte terresetre interprovincial también funcionará con normalidad. Aquellas personas que lleguen al país durante las horas que dure el censo, entre las 08 a.m. y 05 p.m., serán censadas ya sea en la garita de control, terminal o terrapuerto correspondiente. Luego podrán trasladarse a sus alojamientos, hoteles o domicilios.
- Las personas que viajen al extranjero después de las 00:00 horas del día del censo, con pasaje confirmado, serán parte de un Empadronamiento Especial. Se empadronarán del 16 al 20 de octubre en la Oficina Censal del distrito donde está ubicada su vivienda o alojamiento, para lo cual deberán presentar su boleto de viaje, el Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte, según se trate de un ciudadano peruano o un extranjero. Ellos recibirán la “Constancia de Persona Empadronada”, lo que les permitirá trasladarse al punto de embarque en vehículos de transporte autorizados para circular.
- Los viajeros procedentes del extranjero, por vía aérea, que lleguen después de las 00:00 horas del día del censo, no serán empadronados y solo recibirán la “Constancia de Persona Empadronada” que les permitirá trasladarse a su vivienda o alojamiento en vehículos de transporte autorizados para circular.
- Las personas que viajan dentro del territorio nacional el día del censo se empadronarán en el primer aeropuerto, terminal terrestre o garita de control donde la unidad de transporte llegue a partir de las 08:00 horas. Ellos recibirán la “Constancia de Persona Empadronada” y podrán trasladarse a sus viviendas o alojamiento en vehículos de transporte autorizados para circular.
- Los cruceros turísticos que arriben a los puertos nacionales podrán hacerlo con normalidad y los pasajeros serán censados a su llegada, tras lo cual podrán cumplir con sus itinerarios de visita en el país.
- Los trabajadores de las empresas turísticas que tengan que laborar el día del censo, deberán ser empadronados con anterioridad, durante la semana del 16 al 20 de octubre, en la Oficina Censal del distrito donde está ubicada su vivienda o alojamiento. También se brindará la posibilidad de ser censadas en el aeropuerto o terrapuerto.
- Los negocios, centros comerciales, restaurantes, locales de expendio de bebidas, centros de diversión, etc., no atenderán al público entre las 08 a.m. y 05 p.m. Sin embargo, habrá una excepción para aquellas empresas que preseten servicio a los turistas, para lo cual sus trabajadores deberán ser censados con anticipación, entre el 16 y 20 de octubre.
- Todos los atractivos turísticos, incluyendo Machu Picchu, Camino Inca y Cusco, atenderán normalmente a fin de no afectar a los visitantes. Sus trabajadores deberán ser empadronados con anterioridad, durante la semana del 16 al 20 de octubre, al igual que el personal de los museos, restaurantes, cafeterías y tiendas que presten servicio a los turistas.
- Las personas que requieran del Empadronamiento Especial deberán acudir, entre el 16 y 20 de octubre, a la Oficina Censal Distrital correspondiente a la localidad de su domicilio o alojamiento. La lista de estos locales puede consultarse en la página web: http://www.censos2017.pe/directorio-de-las-oficinas-de-los-censos-nacionales-2017/
- Las personas que se encuentren en hoteles y otros establecimientos destinados al alojamiento de personas, durante el domingo 22 de octubre de 2017, día del censo, tendrán un Empadronamiento Especial que se realizará en la misma fecha, de 08 a.m. a 5 p.m.
- En los hoteles de tres, cuatro y cinco estrellas, serán los propios trabajadores de la empresa quienes empadronen a los huéspedes el día del censo. El propietario, administrador o gerente del establecimiento deberá designar a los responsables de dicho empadronamiento, previa coordinación con la Oficina Distrital del INEI.
- Si el establecimiento tiene menos de tres estrellas, el Jefe de Empadronamiento Especial del distrito coordinará con el administrador del hotel u hospedaje para consultar la cantidad de personas que puede alojar, y así determinar el número de empadronadores especiales del INEI que requerirá en el día del censo.
- Los trabajadores de los establecimientos hoteleros que laboren el 22 de octubre, entre las 08 a.m. y 05 p.m. deberán ser empadronados con anterioridad al día del censo, entre el 16 y 20 de octubre.

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